… es lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación reafirmó estos cuatro días pasados.
Pero claro, hay gente que no está contenta, la más ignorante y necia, solo esa que no acepta razones y desconoce procedimientos es la que alza la voz cuando lo mejor es estar callado.
Así se dieron las cosas, los congresos de los estados de Baja California y San Luis Potosí, reformaron sus constituciones locales incluyendo la definición del derecho a la vida, con palabras más palabras menos, que éste principia desde la fecundación hasta la muerte que no fuera de manera asistida. Las diversas Acciones de Inconstitucionalidad promovidas en contra de estas reformas fueron debida y exhaustivamente discutidas en el Tribunal Constitucional del País.
Por supuesto hubo once opiniones distintas pero que al final tenían que definirse por la constitucionalidad o inconstitucionalidad. Muchos fueron los argumentos y todos validos, aunque unos con mayor peso, sentido, lógica y congruencia que otros.
Éstas reformas son popularmente conocidas como las leyes antiaborto, y digo popular por que la sociedad y, sobretodo, los medios de comunicación de forma altanera y temeraria las denominaron así, solo creo yo para levantar una estela de amarillismo bajo, vulgar y sin sentido que solo evidencia falta de cultura jurídica, aprovechada también por ellos mismos para engañar a la gente.
Cabe señalar que la SCJN no es la encargada de definir un derecho humano o debatir cuestiones de moral, simplemente hace un ejercicio lógico jurídico de las normas, interpretación y con pleno apego a la constitución. No son tratadistas que emulen a Freud o Kierkegaard, aunque claro los conocen y habrá quien los reconozca y admire, pero no es ese su trabajo.
Por tanto, el tema central no era discutir sobre el aborto, ya que ninguna reforma siquiera lo mencionaba. Se podría presumir que pondría barreras al aborto pero ni así, ya que una presunción no puede dar seguridad para hacer un juicio tan categórico como para etiquetarlas. El verdadero punto en cuestión era profundizar en si un congreso local puede definir o no un derecho, en este caso el de la vida. El debate central y correcto era en si la facultad del constituido local.
No faltan los discursos moralistas que muchas veces sobran concretándose como distractores y nublan un juicio correcto. La autonomía de los congresos locales para poder emitir normas que regulen jurídicamente a los Estados fue el argumento toral cuando se analizó las reformas al código penal del Distrito Federal en el delito del Aborto, y es el mismo argumento que se hizo valer en esta ocasión, generando un acto de congruencia, más allá de los dogmas y discursos de refinado feminismo.
No creo que estas reformas puedan afectar siquiera en el uso de anticonceptivos y mucho menos en el aborto, ya que si el código penal de la entidad establece este delito, también puede referencia a excepciones por los cuales no se pondrá una pena como el que sea producto de una violación o ponga en peligro la vida la madre. Ya no mencionemos el caso de que el feto venga deforme porque tal vez entraríamos a temas de discriminación. Asimismo podrá y existe regulación sobre métodos anticonceptivos a nivel local y federal, para nada se cierran posibilidades para legislar a favor o en contra, eso es algo que solo la voluntad de las diputaciones locales deberá definir en algún momento que así sea preciso.
Así que, de ninguna manera se trasgreden derechos. Además Baja California, San Luís Potosí y el Distrito Federal, son entidades federativas con idiosincrasias distintas y particulares y que tiene un orden normativo acorde a sus necesidades, sería incoherente y autoritario obligar a adoptar cuestiones de derecho que no congenian con su forma de ser, provocando entonces si una invasión y transgresión a sus facultades y derechos.
Para cerrar el tema, para mi es congruente. Solo eso, Sí permitió y reconoció al Distrito Federal mediante la Asamblea Legislativa su capacidad de regularse, debe ser lo mismo con los Congresos Locales de las otras entidades, respetando así su esfera de facultades y garantizando a sus gobernados que las normas se crearán con forme a su necesidades y no en contra de ellas por seguir un modelo. Simple lógica. Además respetando así el Federalismo, de que si bien es cierto se encuentra unidos, también es cierto que son responsables de lo que suceda dentro de sus limitaciones territoriales y por ende de su marco normativo.
Por último, no puedo dar la razón a mujeres que invocan un derecho a decidir sobre su cuerpo cuando no fueron responsables en cuidarlo, sin excluir de responsabilidad a los hombres ¿Cómo generar un derecho sobre un irresponsabilidad?, y me refiero a aquellas que ven al aborto como un método anticonceptivo, y no las que por un infortunio quedaron encinta, a las cuales les doy mi razón, apoyo, siendo válido y sobretodo impensable que se criminalice por eso. Pero hablar de alguien que no es responsable y otorgarle un derecho es grave. Su decisión claro que afecta a una vida, al nacer el producto se está en la evidencia un ser humano ajeno e independiente de la madre, tanto como si se práctica el aborto, muere el embrión y la madre sigue avante. Hay que reconsiderar o tal vez necesite ser mujer para verlo con otras hormonas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario